Legalmente, se entiende por enfermedades laborales aquellas contraídas a consecuencia del trabajo ejecutado y que estén provocadas por los elementos y sustancias que se empleen en el desarrollo de éste.
Estas son las más habituales:
Sustancias venenosas
- Abestosis (habitual entre ciertos mecánicos de automóviles)
- Silicosis (especialmente se da entre canteros y mineros)
Agentes químicos
- Enfermedades causadas por el fósforo (muy comunes entre fabricantes de insecticidas y juguetes)
- Enfermedades provocadas por plomo y derivados (habituales entre impresores, fontaneros, metalúrgicos, soldadores…)
Agentes físicos
- Enfermedades causadas por exceso de ruido, trabajos con máquinas neumáticas, aparatos emisores de rayos, fundiciones, etc.
Trastornos causados por el estrés
- Hipertensión, insuficiencias coronarias, deficiencias gástricas…
Problemas musculares, óseos y de ligamentos
- Habitual, por ejemplo, la tendinitis entre mecanógrafas, costureras, lavanderas…
Cuidarse y saber, entre otros aspectos, adoptar un límite será el fundamento para que, en mayor o menor medida, no suframos en nuestro trabajo.
